Las atribuciones y obligaciones de los subdirectores a los que se refiere el presente capítulo, así como de los demás servidores públicos de la Institución, serán establecidos, en los reglamentos correspondientes.
Los subdirectores del Nuevo Hospital Civil y del Hospital de Especialidades serán designados y removidos por el Director General del Complejo Médico en los términos del artículo 18 fracción IX del presente reglamento.