Capítulo Unico
Reglamento del Centro Integral de Justicia Regional Sur-Sureste del Edo. de Jal. · arts. 1 a 14
Artículos
- Art. 1El presente reglamento tiene por objeto establecer, supervisar y controlar el sistema de tratamiento de quienes se encuentren…
- Art. 2El Centro Integral de Justicia Regional Sur-Sureste del Estado de Jalisco es el establecimiento cerrado, de mediana seguridad…
- Art. 3Para efectos de este ordenamiento se entenderá por: I. Centro: El Centro Integral de Justicia Regional Sur-Sureste; II. Consejo…
- Art. 4El Centro albergará, además a aquellos procesados que por diagnóstico psicológico pudieran ser declarados inimputables por el…
- Art. 5También podrán ser recluidos en el Centro, cuando el cupo lo permita y sea autorizado por el Director, a los sentenciados de…
- Art. 6Los internos que tengan la categoría de procesados podrán someterse al sistema de tratamiento que se les establezca en el Centro.…
- Art. 7La readaptación social de los sentenciados se hará sobre la base del trabajo, capacitación y educación de los mismos…
- Art. 8Todo tratamiento que se lleve a cabo en el Centro, será supervisado por el Consejo Técnico Interdisciplinario, respetando en todo…
- Art. 9En ningún momento se podrá hacer uso de la violencia física o moral, ya sea en contra de los internos, familiares o personas que…
- Art. 10El Centro procurará constituir y aplicar tratamientos biopsicosociales, que incidirán en el restablecimiento de la salud, según…
- Art. 11Los tratamientos serán determinados por el Consejo Técnico Interdisciplinario y autorizados por la Dirección, siendo…
- Art. 12En caso de que un sentenciado se niegue a asistir a cualquiera de las actividades que le correspondan de acuerdo a su…
- Art. 13Los avances en los tratamientos aplicados a cada interno constarán en un reporte semestral, el cual será integrado al expediente…
- Art. 14El Centro, en coordinación con los organismos asistenciales en el Estado, dentro de sus respectivas competencias, brindará ayuda…