Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 24

Reglamento del Centro Integral de Justicia Regional Sur-Sureste del Edo. de Jal.· Título Segundo. Del Ingreso, Egreso, Observación y Clasificación de los Internos y del Consejo Técnico Interdisciplinario › Capítulo II. De la Observación y Clasificación de Internos

La ubicación será asignada por el Director del Centro conforme a los resultados obtenidos en los estudios realizados por el Consejo Técnico en el módulo de observación y clasificación.

La clasificación de los internos debe ser estricta, por lo que, cada cambio de alojamiento, deberá hacerse previa reclasificación que emita el Consejo Técnico, tomando como base el desarrollo y avances en el tratamiento.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.