Para el ingreso de los internos al Centro se estará a lo siguiente:
I. Respecto a los indiciados, el procedimiento penal deberá encontrarse dentro del término constitucional de las setenta y dos horas o dentro de la ampliación del mismo según lo establece el Código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco; los internos que ingresen con esta calidad serán ubicados en el área destinada para este fin;
II. Respecto a los procesados, el procedimiento penal deberá encontrarse en el periodo posterior al en que se dicte auto de formal prisión y dentro de la etapa anterior a la de la ejecución de la sanción impuesta, atendiendo lo señalado en el Código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco;
El ingreso de procesados sólo será de aquellos que se encuentren a disposición de los juzgados penales del fuero común, o en los casos en que las autoridades de procuración y administración de justicia de la Federación lo soliciten y sea autorizado por la Dirección; y III. Respecto a los internos que ingresen al Centro como sentenciados provenientes de otra zona del Estado, su internamiento deberá ser autorizado por el Secretario o el Director, debiendo reunir además, las siguientes características: a). Haber sido sentenciados por resolución judicial que haya causado ejecutoria por delitos del fuero común. b). Que no sean considerados como multireincidentes, habituales o profesionales del delito, con excepción de los casos en que se encuentre previamente autorizado su ingreso por el Secretario, atendiendo al estudio que realice el Consejo Técnico Interdisciplinario de la Dirección y escuchando la opinión del Director del Centro; c). Que de los estudios técnicos y de personalidad que se le practiquen en forma institucional, se desprenda que no representa una peligrosidad mayor a la media; y d). Que de los estudios médicos y psicológicos que se le practiquen se desprenda que no tiene una preferencia diversa a la heterosexual, que sea enfermo mental, que sufra de serias limitaciones mentales o que le aqueje alguna enfermedad infecto contagiosa que ponga en riesgo la salud de los demás internos o la seguridad del Centro.