Capítulo VIII
Reglamento del Centro de Readaptación Social · arts. 117 a 119
Artículos
- Art. 117Los internos tienen derecho a solicitar la presencia del sacerdote o ministro del culto que profesen para que sean asistidos…
- Art. 118En ningún caso será obligatoria la asistencia a las actividades religiosas y, todas ellas se desarrollarán sin que causen…
- Art. 119Sólo podrán colocarse imágenes religiosas en el lugar destinado a capilla ecuménica y en los dormitorios de los internos de tal…