Los internos multirreincidentes, habituales, profesionales y en general aquellos que a juicio del Consejo Técnico observen elevada peligrosidad y obstaculicen el sistema implantado, serán recluidos en el dormitorio de máxima peligrosidad, en donde recibirán visita familiar y los elementos que proporcionará la institución para que trabajen en el interior. En ningún momento deberán mezclarse con el resto de la población del Centro Penitenciario.
Artículo 17
Reglamento del Centro de Readaptación Social· Título I › Capítulo I
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.