La correspondencia de las internas deberá ser interceptada y abierta en su presencia antes de ser entregada a la oficina de correos o a su llegada a la institución, sólo con fines de seguridad y tratamiento. Los miembros de la Subdirección de Trabajo Social, son los únicos autorizados a llevar cartas al correo y desempeñar encargos y trámites de las internas, como se asienta en el artículo 50 de este reglamento.
Artículo 95
Reglamento del Centro de Readaptación Femenil· Título III › Capítulo III
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: 50
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.