Tanto el sector femenino, como el masculino, eventualmente podrán funcionar como institución de tratamiento si así lo establece la Junta Interdisciplinaria de Comunidad con la aprobación de la Dirección.
Artículo 76
Reglamento del Centro de Observación de Menores· Título III › Capítulo V
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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