Las menores de la institución, llevarán el mismo sistema, procurando evitar en todo tiempo la promiscuidad con los menores, en el caso de espectáculos adecuados y que no sea posible su repetición en el sector correspondiente, podrán asistir a ellos, separadamente y bajo la estricta observación y control de los preceptores.
Artículo 70
Reglamento del Centro de Observación de Menores· Título III › Capítulo V
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.