La Subdirección está obligada a substituir a la Dirección durante todas sus ausencias y a colaborar en todas las tareas que no alcance a realizar la Dirección, así como en aquellos que la misma le encomiende.
Artículo 40
Reglamento del Centro de Observación de Menores· Título II › Capítulo IV
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.