El Director será la máxima autoridad en la institución, debiendo cubrir sus ausencias el subdirector, o cuando éste no se encuentre, el Administrador de la institución. En caso de que ninguno de los miembros directivos anteriores se encuentre en la institución, podrá ejercer el mando el Jefe del área técnica, debiendo rendir informe de sus decisiones en el momento en que alguna de las otras autoridades arribe al propio Centro.
Artículo 36
Reglamento del Centro de Observación de Menores· Título II › Capítulo II
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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