Para su debida identificación las partes deberán presentar documentos oficiales tales como pasaporte vigente, credencial para votar expedida por el Registro Nacional de Electores expedido por el IFE o forma migratoria, en caso de que presenten algún documento distinto, el prestador de servicio, solicitará la intervención de dos testigos, conocidos o identificados por aquéllas, que certifiquen la identidad de la parte que corresponda, además de estampar ésta, sus huellas digitales de ambos índices.
Los testigos de conocimiento que intervengan para identificar a una de las partes, deberán ser mayores de edad, saber leer y escribir, no podrán serlo los ciegos, sordos, ni los mudos.