En las actas de inspección debe constar:
I. Nombre, denominación o razón social del visitado o los datos que permitan su identificación;
II. Calle, número, población o colonia, delegación y código postal en donde se encuentre ubicado el lugar en que se practica la visita y en su caso, número telefónico u otra forma de comunicación disponibles;
III. El número y fecha del oficio de comisión que motivó la diligencia;
IV. Datos generales y cargo de la persona con quien se entienda la diligencia; así como la mención del documento con el que se identifique;
V. Nombre y firma de las personas que fungieron como testigos, así como los datos del documento con que se identifiquen;
VI. Los hechos u omisiones detectados durante la práctica de la inspección;
VII. Declaración de la persona con quien se entendió la visita, si así desea hacerlo;
VIII. Nombre y firma de quienes intervinieron en la diligencia, incluyendo las de los testigos de asistencia y otras autoridades que hayan concurrido; y IX. Si se niega a firmar el visitado, su representante legal o la persona con quien se entendió la inspección, tal situación no afecta la validez del acta, debiéndose asentar la razón relativa.