Se podrá autorizar para la prestación del servicio la utilización del siguiente equipo de seguridad:
I. Fornitura;
II. Talí;
III. Bastón P.R. 24;
IV. Aros de aprehensión;
V. Gas lacrimógeno y espumas defensivas o paralizantes que no causen secuelas en las personas sobre las que se apliquen; y
VI.Radio transmisor;