Capítulo IIDE LOS DICTAMENES
Reglamento de las Comisiones del H. Congreso del Estado de Jalisco · arts. 37 a 40
Artículos
- Art. 37Cuando la comisión determine un asunto como propuesta de Decreto o de Ley, podrá remitirlo a la Comisión de Corrección del…
- Art. 38Los dictámenes deberán contener una exposición clara y precisa del negocio a que se refieren y concluir sometiendo a la…
- Art. 39Los dictámenes sobre proyectos de ley o decreto se discutirán aplicando las normas contenidas en la Ley Orgánica del Poder…
- Art. 40Los dictámenes que se pretenden agendar al orden del día de una sesión de Asamblea para su lectura, deberán presentarse con 24…