La Secretaría podrá en cualquier momento, dentro de los periodos de incapacidad de un servidor público, realizar estudios médicos para comprobar el estado físico del mismo, a través de su Departamento Médico, quien realizará los reportes correspondientes, turnándolos a la Dirección General Jurídica para la investigación necesaria.
Artículo 71
Reglamento de la Policía Estatal· Capítulo XIII. De los Servicios Médicos
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.