Los vehículos de la Corporación deberán llevar en su interior en todo momento copias de la tarjeta de circulación correspondiente a la unidad y de la póliza de seguro que ampare la misma, siendo responsabilidad del elemento a quien se le haya asignado, vigilar que se cumpla con lo dispuesto por este artículo.
Artículo 56
Reglamento de la Policía Estatal· Capítulo XI. De las Patrullas
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.