Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 41

Reglamento de la Policía Estatal· Capítulo VIII. Del Equipo Reglamentario

Es obligación de los Directores de Area y Comandantes, cuidar y realizar las gestiones correspondientes para que el equipo reglamentario se preste a los elementos en óptimas condiciones de uso, que permitan un adecuado rendimiento en el desempeño de sus funciones, así como recabar la firma correspondiente del resguardante.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.