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Artículo 108

Reglamento de la Policía Estatal· Capítulo XIX. Del Examen para la Detección de Uso de Drogas

Los elementos de la Policía Estatal tienen la obligación de someterse a un examen antidrogas, cuando menos dos veces por año, en el momento en que lo determine la Dirección General o la Dirección General Administrativa de la Secretaría.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.