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Artículo 3

Reglamento de la Ley que establece las bases para el otorgamiento de Premios y Condecoraciones en el Estado de Jalisco· Capítulo II. Del Consejo Consultivo

El Consejo Consultivo para el otorgamiento de Premios, es un organismo dependiente de la Secretaría General de Gobierno, con la función única de analizar los méritos de la candidatos y dictaminar sobre la procedencia; será presidido por el Secretario General de Gobierno o la persona que éste designe y se integrará en los términos que señala el artículo 9 de la Ley.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.