El Consejo Consultivo para el otorgamiento de Premios, es un organismo dependiente de la Secretaría General de Gobierno, con la función única de analizar los méritos de la candidatos y dictaminar sobre la procedencia; será presidido por el Secretario General de Gobierno o la persona que éste designe y se integrará en los términos que señala el artículo 9 de la Ley.
Artículo 3
Reglamento de la Ley que establece las bases para el otorgamiento de Premios y Condecoraciones en el Estado de Jalisco· Capítulo II. Del Consejo Consultivo
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.