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Artículo 2

Reglamento de la Ley que establece las bases para el otorgamiento de Premios y Condecoraciones en el Estado de Jalisco

Para los efectos de este Reglamento, se entiende por:

I. Consejo Consultivo: el Consejo Consultivo para el otorgamiento de premios;

II. Consejeros: Los integrantes del Consejo Consultivo para el otorgamiento de premios;

III. Ley: la Ley que establece las bases para el otorgamiento de Premios y Condecoraciones en el Estado de Jalisco;

IV. Presidente: el presidente del Consejo Consultivo;

V. Reglamento: el Reglamento de la Ley que establece las bases para el otorgamiento de Premios y Condecoraciones en el Estado de Jalisco;

VI. Secretaría: a la Secretaría General de Gobierno; y VII. Titular del Ejecutivo: el titular del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.