Los profesionistas de otras entidades federativas podrán solicitar la expedición de cédula profesional del Estado de Jalisco, para lo cual deberán cumplir con los requisitos que se establecen en el capítulo anterior.
Artículo 12
Reglamento de la Ley para el Ejercicio de las Profesiones para expedición de Cédulas Profesionales· Capítulo III. Del Registro de Profesionistas de otras entidades federativas
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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