1. El horario para la recepción de documentos en la Oficialía de Partes es de las 9:00 a las 21:00 horas en días hábiles. 2. La Asamblea o el Presidente de la Mesa Directiva pueden autorizar la recepción de documentos específicos en la Oficialía de Partes en casos especiales y por causa justificada fuera de horarios y días hábiles.
Artículo 87
Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Sexto. SECRETARÍA GENERAL DEL CONGRESO › Capítulo IX. Áreas Administrativas de la Secretaría General › Sección Primera. Oficialía de Partes
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.