1. La Secretaría General, a través de las coordinaciones correspondientes, debe brindar las facilidades necesarias y el apoyo básico necesario para la realización de los eventos en el patio central, los pasillos y los salones del Palacio del Poder Legislativo. 2. La organización, logística y el costo de los eventos corren a cargo de quien los proponga y organice, salvo aquellos que provea la Secretaría General, a través de sus direcciones como parte de los bienes y servicios propios del Congreso del Estado, cuando se trate de eventos propios de los diputados, las diputadas o las comisiones.
Artículo 314
Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Décimo Primero. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS › Capítulo I. Palacio del Poder Legislativo › Sección Segunda. Patio Central, Pasillos y Salones
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