1. La parte validatoria de la iniciativa debe incluir:
I. El lugar y fecha de presentación de la iniciativa; y II. El nombre, cargo del que se deriva la facultad de iniciativa en su caso, y firma autógrafa del autor o autores de la iniciativa.
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Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Noveno. TÉCNICA LEGISLATIVA › Capítulo V. Instrumental Legislativa › Sección Segunda. Iniciativa
1. La parte validatoria de la iniciativa debe incluir:
I. El lugar y fecha de presentación de la iniciativa; y II. El nombre, cargo del que se deriva la facultad de iniciativa en su caso, y firma autógrafa del autor o autores de la iniciativa.
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.