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Artículo 257

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco· Título Noveno. TÉCNICA LEGISLATIVA › Capítulo V. Instrumental Legislativa › Sección Segunda. Iniciativa

1. La parte propositiva de la iniciativa debe incluir:

I. La referencia del tipo de acto legislativo que se emite, ya sea ley, decreto o acuerdo legislativo;

II. La cintilla que sintetiza las acciones legislativas;

III. Los artículos del decreto o acuerdo, que detallan las acciones legislativas que se proponen, utilizando un artículo por cada ley que sea objeto de acciones legislativas o un artículo por cada punto resolutivo del decreto o acuerdo;

IV. Las unidades organizativas y normativas de la ley que sean objeto de las acciones legislativas, la cuales van después de cada artículo de decreto que refiera a la ley de que se trata; y V. El capítulo de los artículos transitorios del decreto, en su caso.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.