Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 55

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco· Capítulo X. DE LOS JUECES

Visitará cada mes los lugares de reclusión de su jurisdicción para oír las inconformidades de los procesados a su disposición, a efecto de remediar las que sean de su competencia y promover lo procedente ante la autoridad municipal o la que corresponda.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.