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Artículo 47

Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco· Capítulo X. DE LOS JUECES

El Juez ejercerá la suprema autoridad en el Juzgado. Todos los asuntos deben hacerse de su conocimiento.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

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