Para la expedición de la licencia a que se refiere el artículo anterior, deberá elevarse la solicitud correspondiente ante la Secretaría, utilizando la forma aprobada por ésta y satisfaciendo 13 los requisitos que para cada caso se establezcan, debiendo en todo caso contener, entre otra información, lo siguiente:
I. Datos generales del solicitante;
II. Ubicación de la fuente;
III. Descripción del proceso;
IV. Distribución de maquinaria y equipo;
V. Materias primas o combustibles que se utilicen en su proceso y forma de almacenamiento;
VI. Transporte de materias primas o combustibles al área de proceso;
VII. Descripción detallada de los equipos y máquinas con los que cuenta para su producción;
VIII. Para equipos sujetos a presión, señalar características de diseño, construcción y seguridad, así como la autorización de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social;
IX. Transformación de materias primas o combustibles;
X. Productos, subproductos y desechos que vayan a generarse;
XI. Almacenamiento, transporte y distribución de productos y subproductos;
XII. Cantidad y naturaleza de los contaminantes emitidos a la atmósfera;
XIII. Equipos para el control de la contaminación de la atmósfera que vayan a utilizarse; y XIV. Programas de contingencias que contengan las medidas y acciones que se llevarán a cabo cuando las condiciones meteorológicas de la región sean desfavorables; o cuando se presenten emisiones de olores, gases, así como las partículas sólidas y líquidas extraordinarias no controladas.