La Secretaría evaluará la manifestación de impacto ambiental y dentro de los sesenta días hábiles siguientes a su presentación emitirá la resolución correspondiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de este reglamento.
Artículo 28
Reglamento de la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia del Impacto Ambiental· Capítulo III. DEL IMPACTO AMBIENTAL EN AREAS NATURALES PROTEGIDAS DE INTERES DEL ESTADO
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: 20
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.