Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 2

Reglamento de la Ley del Servicio de Protección para el Estado de Jalisco· Capítulo I. Disposiciones Generales

Para efectos de este Reglamento, además de los términos establecidos en el artículo 2 de la Ley del Servicio de Protección para el Estado de Jalisco y sus Municipios, se entiende por:

I. Área: El área del Servicio de Protección;

II. Titular: la persona titular del Servicio de Protección;

III. Ley: La Ley del Servicio de Protección para el Estado de Jalisco y sus Municipios;

IV. Personal del Servicio de Protección: Elementos operativos asignados al Servicio de Protección;

V. Reglamento: El presente Reglamento de la Ley del Servicio de Protección para el Estado de Jalisco y sus Municipios;

VI. Secretario: a la persona Titular de la Secretaría;

VII. Sistemas de Seguridad: Organización y operaciones específicos acordes a cada servicio de protección; y VIII. Solicitud: Escrito presentado por el sujeto que pretende obtener el Servicio de Protección.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.