Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 13

Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública· Capítulo III. De los Procedimientos Administrativos › Sección Primera. Del Acceso a la Información Pública

Cualquier persona por sí misma o a través de su representante, podrá presentar solicitud de acceso a la información por escrito compareciendo ante la Unidad del sujeto obligado, a través de la Plataforma Nacional o del sistema electrónico que para tales efectos establezca el Sistema Nacional; así como vía telefónica, fax, correo, correo electrónico, telegrama o mensajería, en los términos que establezca el Sistema Nacional y demás normatividad vigente.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.