El contrato deberá ser suscrito por el Titular del Poder Ejecutivo, el Secretario General de Gobierno, el Secretario de Administración, el Secretario de la Hacienda Pública y el Titular de la entidad ejecutora.
En el caso de los organismos paraestatales, el contrato deberá ser suscrito por su Titular o quien cuente con la representación legal del mismo previa autorización de la Junta de Gobierno.