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Artículo 19

Reglamento de la Ley de Proyectos de Inversión y de Prestación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios· Capítulo V. De la Evaluación costo beneficio del Proyecto

La evaluación costo beneficio deberá contener lo siguiente:

I. Resumen ejecutivo: que deberá presentar una visión global del proyecto, explicando en forma concisa la necesidad a cubrir o la problemática que se pretende resolver, las principales 5 características del programa o proyecto, sus indicadores de rentabilidad y los riesgos asociados a su ejecución;

II. Diagnóstico de la situación actual y posibles soluciones: Presenta la problemática que se pretende resolver o la necesidad que se debe atender a través del programa o proyecto, así como señalar las alternativas evaluadas. Se deberá incluir un análisis general de la oferta y demanda actuales, así como su situación a lo largo del horizonte de evaluación si el proyecto no se realizara;

III. Descripción del Proyecto: en esta sección se deberán señalar las características más importantes del proyecto, incluyendo lo siguiente: a) El sector económico y la localización geográfica donde se desarrollará el programa o proyecto, así como su zona de influencia; b) El costo total del programa o proyecto, identificando tanto la etapa de construcción como la de operación; y c) El calendario de inversiones y la distribución del monto total de inversión en sus principales rubros;

IV. Situación con proyecto: Deberá considerar el impacto que tendría sobre la economía la realización del proyecto y, en su caso, deberá señalar las metas de producción de bienes y servicios que se alcanzarían con la realización del proyecto y, en su caso, la generación de ingresos o la obtención de ahorros derivados del mismo;

V. Evaluación del proyecto: en esta sección se deberá presentar la cuantificación de los costos y beneficios del proyecto, así como el flujo de los mismos a lo largo del horizonte de evaluación, con objeto de mostrar que es susceptible de generar, por sí mismo, beneficios sociales netos bajo supuestos razonables. Asimismo, se deberán presentar los indicadores de rentabilidad que resulten de la cuantificación de costos y beneficios. En particular, se deberá presentar una estimación del Valor Presente Neto y Tasa Interna de Retorno;

VI. Análisis de sensibilidad: mediante este análisis se deberán identificar los efectos que ocasionaría la modificación de las variables relevantes sobre los indicadores de rentabilidad del proyecto, en particular, el Valor Presente Neto y Tasa Interna de Retorno. Asimismo, se señalarán los riesgos asociados a la ejecución del programa o proyecto, tanto en su etapa de construcción como en la de operación; y VII. Conclusiones: en esta última sección se deberán exponer en forma concisa las principales conclusiones a las que se llega con el análisis realizado y, en su caso, señalar las acciones pendientes que se requieren para la ejecución del proyecto.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.