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Artículo 12

Reglamento de la Ley de Proyectos de Inversión y de Prestación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios· Capítulo IV. De la Autorización del Proyecto

Las Secretarías contarán con treinta días hábiles para dar respuesta a la solicitud de opinión o de dictamen según se trate, a partir de la fecha de presentación del expediente completo por parte de la entidad ejecutora.

La opinión y dictamen a que se refiere este capítulo se entenderá otorgada exclusivamente para efectos de solicitar la autorización correspondiente ante el Congreso del Estado. 4

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.