1. Las promociones y actuaciones deben contener, cuando menos, los siguientes requisitos:
I. La dependencia o entidad de la Secretaría a la que se dirige;
II. El nombre, denominación o razón social del o los promoventes y en su caso, del representante legal, agregando los documentos que acrediten la personería, así como la designación de la persona o personas autorizadas para oír y recibir notificaciones y documentos;
III. El domicilio para recibir notificaciones y el número de teléfono; en su caso el correo electrónico; para este último supuesto, siempre y cuando el promoventes o promoventes así lo autoricen expresamente, por lo que todas las notificaciones se realizarán a través de este mecanismo o vía;
IV. La petición o argumentos que se formulen;
V. La descripción cronológica, clara y sucinta de los hechos y razones en los que se apoye la petición;
VI. Los requisitos que señale la Ley y en el presente Reglamento, ofreciendo, en su caso, las pruebas cuando sean necesarias, para acreditar los hechos argumentados y la naturaleza del acto que así lo exija;
VII. Nombre y domicilio de terceros en el caso de existir; y VIII. El lugar, la fecha y la firma del interesado o en su caso, la de su representante legal, debidamente acreditado.