1. Los planteles escolares deberán acreditar que cumplen con el Plan de Movilidad Escolar, para ello la autoridad competente podrá realizar inspecciones para verificar lo establecido en la Ley, el Reglamento y demás disposiciones aplicables a la materia, pudiendo solicitar en todo caso los siguientes documentos:
I. Permiso del servicio de transporte público en su clasificación de transporte escolar;
II. Señalamiento vertical y horizontal sobre zona escolar o el acuse de solicitud de los mismos;
III. Validación de la patrulla escolar;
IV. Cajones de estacionamiento destinados al uso compartido de vehículo al interior o exterior del plantel educativo;
V. Informe de reparto modal que debe presentar de manera anual en forma física o digital; y VI. Publicidad dentro de los planteles educativos sobre las ventajas de utilizar el servicio de transporte público en su modo de transporte escolar, para disminuir el uso de automóvil particular.