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Artículo 67

Reglamento de la Ley de Fomento a la Cultura· Título Sexto. DEL FONDO ESTATAL PARA LA CULTURA Y LAS ARTES › Capítulo V. De la Convocatoria Pública y Abierta

En la apertura de los sobres cerrados que contienen las propuestas de proyectos, invenciones, obras o actividades artísticas o culturales de que se trate, deberá levantarse un acta circunstanciada, en la que intervendrá el Secretario Ejecutivo del Consejo y la Dirección Jurídica de la Secretaría.

En dicha acta se deberá incluir todo lo ocurrido en ese acto y las observaciones que refieran los presentes por alguna irregularidad En dicha acta se deberá incluir todo lo ocurrido en ese acto y las observaciones que refieran los presentes por alguna irregularidad durante su desarrollo.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.