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Artículo 3

Reglamento de la Ley de Fomento a la Cultura· Título Primero. DISPOSICIONES GENERALES › Capítulo Único

Son autoridades encargadas de la aplicación de este reglamento:

I. El Gobernador del Estado de Jalisco;

II. La Secretaría de Educación;

III. Los organismos públicos descentralizados y desconcentrados en materia cultural en el ámbito estatal; y IV. Las dependencias y unidades administrativas de la Secretaría.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.