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Artículo 7

Reglamento de la Ley de Entrega Recepción para el Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco· Capítulo I. Disposiciones Generales

Los servidores públicos que concluyan un empleo, cargo o comisión, así como aquellos que por cualquier motivo deban realizar el proceso de entrega recepción, llevarán a cabo dicho proceso en los términos señalados en la Ley y el Reglamento, esto no los libera ni exime de aquellas responsabilidades u omisiones en que hubiesen incurrido en el ejercicio de sus funciones, las cuales podrán ser sancionadas conforme a las disposiciones legales correspondientes.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.