Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 29

Reglamento de la Ley de Entrega Recepción para el Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco· Capítulo IV. De los casos Extraordinarios

En el caso señalado en el artículo anterior, el servidor público entrante que asuma bajo cualquier carácter, las funciones del servidor público, dentro de los cinco días hábiles siguientes a su toma de posesión integrará la documentación y levantará el acta circunstanciada, informando la situación que guarda cada uno de los asuntos contemplados en la misma y dando aviso de ello, al órgano de control interno o en su caso a la Contraloría.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.