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Artículo 29

Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Jalisco· Capítulo VI. De la Participación de los Organismos Deportivos en el Sistema Estatal

La integración de los organismos deportivos en el Sistema Estatal se realizará de la siguiente manera:

I. Para las Asociaciones Deportivas: a) Cumplir con lo establecido en los estatutos de las Federaciones Nacionales a las que estén afiliadas; b) Estar inscritas en el Registro Nacional y Estatal del deporte; c) Exhibir copia certificada del acta constitutiva, actas de reformas de estatutos y acta de la última elección e integración de su consejo directivo; d) Registro Federal de Contribuyentes; y e) Reconocimiento de la Federación Nacional a la que estén afiliadas;

II. Los organismos estudiantiles y asociaciones civiles afines con el objeto de la Ley; se integrarán al Sistema Estatal en base a convenios de colaboración con la CONADE y el Code Jalisco.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.