Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 20

Reglamento de la Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Jalisco· Capítulo III. Del Code Jalisco

Para efectos de lo establecido en la Ley, los candidatos a recibir estímulos y apoyos deberán satisfacer previamente los siguientes requisitos:

I. Estar inscritos en el Registro;

II. Ser propuesto por alguna Asociación Deportiva, organismo deportivo, club o persona física inscrita en el Registro; y III. Cumplir con lo dispuesto en las convocatorias y políticas que para tal efecto emita el Code Jalisco.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.