De conformidad con los artículos 54 y 59 de la Ley, los criterios técnicos para establecer los coeficientes de incremento o demérito que modifiquen el valor del terreno urbano, serán los siguientes:
I. Predios con deméritos: se aplicará demérito a los predios que a continuación se especifican: a) Demérito por frente menor: a los predios con frente menor al mínimo establecido en la normatividad aplicable, se les aplicará un factor de demérito de acuerdo a la siguiente tabla:
TABLA DE DEMÉRITOS PARA PREDIOS CON FRENTE MENOR FRENTE FACTOR FRENTE FACTOR FRENTE FACTOR FRENTE FACTOR Frente mínimo 1 > 1.30 m 0.87 > 2.60 m 0.74 > 3.90 m 0.61 > 10 cm 0.99 > 1.40 m 0.86 > 2.70 m 0.73 > 4.00 m 0.60 > 20 cm 0.98 > 1.50 m 0.85 > 2.80 m 0.72 > 4.10 m 0.59 > 30 cm 0.97 > 1.60 m 0.84 > 2.90 m 0.71 > 4.20 m 0.58 > 40 cm 0.96 > 1.70 m 0.83 > 3.00 m 0.70 > 4.30 m 0.57 > 50 cm 0.95 > 1.80 m 0.82 > 3.10 m 0.69 > 4.40 m 0.56 > 60 cm 0.94 > 1.90 m 0.81 > 3.20 m 0.68 > 4.50 m 0.55 > 70 cm 0.93 > 2.00 m 0.80 > 3.30 m 0.67 > 4.60 m 0.54 > 80 cm 0.92 > 2.10 m 0.79 > 3.40 m 0.66 > 4.70 m 0.53 > 90 cm 0.91 > 2.20 m 0.78 > 3.50 m 0.65 > 4.80 m 0.52 > 1.00 m 0.90 > 2.30 m 0.77 > 3.60 m 0.64 > 4.90 m 0.51 > 1.10 m 0.89 > 2.40 m 0.76 > 3.70 m 0.63 > 5.00 m 0.50 > 1.20 m 0.88 > 2.50 m 0.75 > 3.80 m 0.62 16 b) Demérito de fondo o profundidad mayor: a los predios con fondo mayor al lote tipo se les aplicará demérito de fondo de acuerdo a la siguiente fórmula y tabla:
Profundidad Relación = Frente TABLA DE DEMÉRITOS POR PROFUNDIDAD RELACIÓN FACTOR RELACIÓN FACTOR RELACIÓN FACTOR RELACIÓN FACTOR
3.50 1.00 6.75 0.87 10.00 0.74 13.25 0.61
3.75 0.99 7.00 0.86 10.25 0.73 13.50 0.60
4.00 0.98 7.25 0.85 10.50 0.72 13.75 0.59
4.25 0.97 7.50 0.84 10.75 0.71 14.00 0.58
4.50 0.96 7.75 0.83 11.00 0.70 14.25 0.57
4.75 0.95 8.00 0.82 11.25 0.69 14.50 0.56
5.00 0.94 8.25 0.81 11.50 0.68 14.75 0.55
5.25 0.93 8.50 0.80 11.75 0.67 15.00 0.54
5.50 0.92 8.75 0.79 12.00 0.66 15.25 0.53
5.75 0.91 9.00 0.78 12.25 0.65 15.50 0.52
6.00 0.90 9.25 0.77 12.50 0.64 15.75 0.51
6.25 0.89 9.50 0.76 12.75 0.63 16.00 0.50
6.50 0.88 9.75 0.75 13.00 0.62 c) Demérito por lote interior: los predios interiores se afectarán por un demérito del 50% expresado como factor; d) Demérito por pendiente ascendente (Dp a): los predios con pendiente ascendente o escarpados hacia arriba se afectarán por el demérito de pendiente expresado como factor, que se determina por la siguiente expresión: e) Demérito con pendiente descendente o escarpados hacia abajo (Dp d): se afectarán por el demérito de pendiente descendente expresado como factor que se determina por la siguiente expresión: f) Demérito por profundidad mayor a cuarenta metros y frente mayor a once y medio metros: en estos predios a la superficie resultante de multiplicar el frente por los primeros cuarenta metros de fondo, se le aplica el valor calle al 100% y el resto de la superficie se demerita al 50%.
Los deméritos por pendiente ascendente o descendente sólo se aplicarán en predios cuya topografía es diferente del resto de predios que integran la colonia o barrio donde se ubican o sean afectados sensiblemente por cambios en la traza urbana.
Cuando un predio tenga varios factores de demérito, éstos se multiplicarán entre sí y el resultado se dividirá entre el mismo número de factores de demérito, para obtener el factor total de demérito que afectará al valor del terreno que aparece en las tablas de valores unitarios. En ningún caso se aplicará un factor de demérito menor al 50%;
II. Predios con incremento: se afectarán con el incremento los predios en esquina, cuando las calles que la forman sean diferentes, según a las siguientes consideraciones: a) El ángulo que forme la esquina no será menor de cuarenta y cinco grados ni mayor de ciento treinta y cinco grados; y 17 b) Se tomará como superficie de esquina a incrementar la obtenida de multiplicar la longitud de los frentes que la forman, dicha longitud no podrá ser mayor de quince metros por calle, y la superficie que resulte no podrá ser mayor de doscientos veinticinco metros cuadrados.
Las líneas que delimitan la superficie en esquina son perpendiculares a los frentes del predio, trazadas a quince metros del vértice que la forman.
Tipos de esquinas: