Los responsables de las áreas señaladas en el artículo 8 de la Ley, estarán obligados a observar lo dispuesto en dicho ordenamiento jurídico, el presente reglamento, así como en las demás disposiciones que regulen la austeridad y ahorro gubernamentales, dentro de sus respectivas esferas de competencia, por lo que no podrá solicitárseles que lleven a cabo actos cuya ejecución sea facultad o atribución de terceros.
Así mismo, todos aquellos servidores públicos que administren o dispongan de recursos humanos, materiales o económicos de índole estatal, deberán coadyuvar, dentro del ámbito de sus respectivas competencias en la aplicación de la Ley junto con los responsables directos señalados por la misma.