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Artículo 5

Reglamento de la Ley de Austeridad y Ahorro para el Poder Ejecutivo· Capítulo I. Disposiciones Generales

Los responsables de las áreas señaladas en el artículo 8 de la Ley, estarán obligados a observar lo dispuesto en dicho ordenamiento jurídico, el presente reglamento, así como en las demás disposiciones que regulen la austeridad y ahorro gubernamentales, dentro de sus respectivas esferas de competencia, por lo que no podrá solicitárseles que lleven a cabo actos cuya ejecución sea facultad o atribución de terceros.

Así mismo, todos aquellos servidores públicos que administren o dispongan de recursos humanos, materiales o económicos de índole estatal, deberán coadyuvar, dentro del ámbito de sus respectivas competencias en la aplicación de la Ley junto con los responsables directos señalados por la misma.

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.