Son víctimas indirectas los familiares o aquellas personas físicas a cargo de la víctima directa que tengan una relación inmediata con ella, en términos de la Ley General.
Artículo 4
Reglamento de la Ley de Atención a Víctimas· Capítulo I. Disposiciones Generales
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: 17