El Instituto y las dependencias aplicarán lo establecido en la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco para establecer en sus proyectos de Presupuesto de Egresos del ejercicio fiscal correspondiente, las medidas necesarias para contar con recursos financieros y humanos, para dar cumplimiento a las obligaciones que les establece la Ley en su artículo 5, con el objetivo de transversalizar en sus políticas públicas la perspectiva de género.
Artículo 4
Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia· Capítulo I. Disposiciones Generales
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: 5
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.