Buscar y guardar expedientes es gratis y no necesita cuenta. Los avisos por correo sí.

Artículo 31

Reglamento de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia· Capítulo III. Del Consejo Estatal para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres

El Consejo Estatal promoverá mecanismos para que la autoridad jurisdiccional competente emita las órdenes de protección y cautelares que contemplen los códigos civiles y penales, para salvaguardar la integridad y el patrimonio de las víctimas.

Asimismo, promoverá mecanismos para que la autoridad administrativa competente emita las órdenes de protección que contemplen la Ley General y la Ley Estatal según corresponda, para salvaguardar la integridad y seguridad de víctimas

Conexiones dentro de la misma norma

Cita a: ningún otro artículo de esta norma.

Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.