Se entiende por Escalafón el sistema organizado en el H. Poder Legislativo del Estado de Jalisco, conforme a las bases establecidas en el presente Reglamento, para efectuar las promociones de ascenso de los servidores públicos y todo aquello relacionado con los cambios y movimientos de los mismos.
Artículo 3
Reglamento de Escalafón y Capacitación del Poder Legislativo· Capítulo Primero
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
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