1.El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas generales del procedimiento de entrega- recepción que se aplicará a los servidores públicos del Poder Legislativo con excepción de la Auditoría Superior del Estado al término de su empleo, cargo o comisión y a quién los substituya en la administración de fondos, bienes, valores públicos, recursos humanos, materiales, financieros, documentos e información generada en el ejercicio de sus funciones, de conformidad a la señalado en la Ley de entrega Recepción del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Artículo 1
Reglamento de Entrega Recepción del Poder Legislativo· Capítulo I. Disposiciones Generales
Conexiones dentro de la misma norma
Cita a: ningún otro artículo de esta norma.
Lo citan: ningún otro artículo de esta norma.